Mirar al futuro: la constitución de las empresas B o BIC
Re-definiendo el éxito en la economía y la solución a los problemas sociales y medioambientales.
Las empresas B o BIC (http://sistemab.org/peru/) constituyen una nueva forma legal de constituir una empresa, que no solo tiene como objetivo generar utilidades o ser rentables, sino que además interactúa con otros agentes, tales como clientes, proveedores, comunidad y trabajadores, para hacer un mundo mejor. Son empresas de triple impacto en lo social, ambiental y económico.
De esta manera, los accionistas de las empresas B se preocupan no solo por el tema económico, sino que se dedican a solucionar problemas sociales y medioambientales, provocando una nueva generación que se encuentre comprometida con productos que generen un impacto positivo a la sociedad, para lo cual deberán cumplir con estándares internacionales que miden su transparencia y su desempeño.
Cabe indicar que en Italia ya se promulgó una regulación especial para este tipo de sociedades, denominadas Societá Benefit y algunos estados de los Estados Unidos, empezando por el de Maryland (2010), tienen una legislación especial para regular las Public Benefit Corporation o Social Purpose Corporation. América Latina cumple un rol muy importante al ya encontrarse promoviendo el desarrollo de este tipo de empresas B. Por ejemplo, en diferentes países de la región se encuentran elaborando proyectos de ley para regular este tipo de sociedades. En Colombia y Argentina se llaman Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo o por su sigla BIC y en Chile se les denomina Empresas con Propósito Social o por su sigla EPS.
En estos proyectos de ley se establecen una serie de obligaciones, que tienen como principal propósito ayudar a la comunidad (fin social) y mitigar la contaminación del medio ambiente (fin ambiental), las cuales de manera periódica miden su desempeño a través de distintas actividades que la sociedad se ha comprometido a realizar con la finalidad de reducir algún efecto negativo que pueda estar afectando a la comunidad de su respectivo país.
En el Perú, también se puede obtener dicha certificación otorgada por B Lab. (Estados Unidos) y Sistema B (Latinoamérica), cumpliendo con varios pasos. Por ejemplo, deben modificar su estatuto social exigiendo que se cumpla con un impacto material positivo en la comunidad, la sociedad y en el medioambiente. Además, los directores, gerentes, administradores y apoderados deberán considerar no solo los intereses de los socios accionistas, sino que también se cumpla con el interés colectivo dejando constancia de sus actividades mediante la elaboración de una memoria anual o reportes periódicos.[1]
En el Perú es una tarea pendiente legislar a las empresas B o BIC. Tal vez sería posible incorporar un capítulo a la Ley General de Sociedades que regule este nuevo tipo de forma societaria, incluyendo requisitos propios como son las de medir su desempeño mediante la emisión de un reporte o memoria anual en el que se refleje todas las actividades que se realizan con fines sociales y ambientales, el mismo que podría ser no solo de carácter privado sino de carácter público, demostrando una transparencia en la gestión para fines de buen gobierno corporativo.
Asimismo, se podría establecer el cumplimiento de sus fines mediante obligaciones de los directores y/o gerencia general, caso contrario se determinarían sanciones y/o responsabilidades civiles o penales a dichos ejecutivos por no cumplir con el estatuto social. También implementar políticas nacionales de incentivos tributarios para aquellas empresas que decidan tener un objeto social que posea una finalidad social y ambiental, respecto de los cuales se deberían ir midiendo su cumplimiento año a año para efectos de mantener dicho beneficio tributario, entre otros aspectos.
¿Y tú te animas a constituir una empresa B o BIC?
“Los accionistas de las empresas B se preocupan no solo por el tema económico, sino que se dedican a solucionar problemas sociales y medioambientales, provocando una nueva generación que se encuentre comprometida con productos que generen un impacto positivo a la sociedad”
Por Annalucia Fasson, socia y jefe del área de Área de Derecho de la Moda y Retail
Publicado en la revista Columnas del estudio edición n°193
[1] http://sistemab.org/7-pasos-para-ser-empresa-b/modificaciones-legales-peru/
En Colombia ya se promulgó la Ley. Es el tercer país en el mundo. Ley1901 de 2018