El libre tránsito en época de coronavirus

Sabemos todos que al declararse el estado de emergencia se han restringido algunos derechos constitucionales, como el libre tránsito, lo que nos obliga a permanecer en casa para prevenir el contagio del mortal COVID-19. No obstante, los medios de comunicación informan y dan cuenta del constante quebrantamiento a las normas que sobre el particular se han dictado, con mayor incidencia en algunas ciudades del norte y oriente del país. Ica no ha sido la excepción, informándonos por los medios de comunicación como de una u otra forma se hace caso omiso a los requerimientos gubernamentales.
Al parecer, algunos piensan que al ser detenidos por la policía o las fuerzas armadas en horas de restricción de tránsito, serán conducidos a la comisaría y puestos en libertad luego de algunas horas, (4 para ser exactos) tal como lo previene el artículo 205.4 del Código Procesal Penal. Sin embargo, no consideran que tratándose de un estado de excepción, van a ser consignados en el libro-registro que lleva la entidad policial y, lo que es peor, podrían ser denunciados más adelante por el delito de violación de medidas sanitarias, que castiga con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de tres años, al que viola las medidas impuestas por la ley o por la autoridad para evitar la propagación de una enfermedad o epidemia.
Incluso, algunos conductores o transeúntes van más allá y esgrimen una serie de pretextos y justificaciones para no ser intervenidos, llegando al extremo de ofender u oponer resistencia a los miembros del orden; como, por ejemplo, cuando se niegan a mostrar el documento de identidad o el que los autoriza a transitar en horas no permitidas. En este escenario, la situación del infractor se agrava, porque estaría incurriendo en la comisión del delito de desobediencia o resistencia a la autoridad (artículo 368 del Código Penal) que se castiga con pena privativa de libertad de tres a seis años.
Consideramos que la población debe tomar con respeto y acatar las normas sanitarias y de restricción dictadas por el gobierno central, porque de lo contrario podrían verse inmersos en complejos procesos penales que a futuro los complicará por los antecedentes y trámites que se van a generar.
Por Miguel Salazar Vizarreta, socio de la sede Ica del Estudio Muñiz
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