El Proceso Único de Ejecución como la clave para el éxito del factoring y su impacto en el crecimiento económico del Perú

Uno de los grandes pilares de la economía peruana son las micro, pequeña y mediana empresa (Mipymes), las cuales representan el 99.4% de la totalidad de las empresas formales inscritas en nuestro país, según datos del Ministerio de la Producción (Produce) para el año 2022; por tanto, en el contexto económico actual, el acceso a liquidez inmediata es fundamental para garantizar su sostenibilidad y crecimiento, es en este punto donde el factoring cobra gran relevancia.
El factoring es una herramienta mediante la cual una empresa transfiere las facturas por cobrar a una entidad, denominada factor, el cual se encarga de la gestión y contabilización de tales créditos, pero asumiendo el riesgo del impago. Se encuentra regulado por la Ley N° 29623, la cual establece que el objeto del factoring es la transferencia de la llamada factura negociable, la misma que es definida como “un título valor a la orden transferible por endoso o un valor representado y transferible mediante anotación en cuenta en una institución de compensación y liquidación de valores”.
Para que la factura negociable adquiera mérito ejecutivo debe cumplir con tres requisitos: i) que, de forma expresa o presunta, el adquirente del bien o servicios haya mostrado su conformidad; ii) que se haya dejado constancia de la presentación de la factura negociable al adquirente; y, iii) que se haya protestado o se cumpla con la formalidad sustitutoria. Adicional a los requisitos mencionados, es necesario que la referida factura esté registrada mediante anotación en cuenta ante una institución de compensación y liquidación de valores (CAVALI, en el caso peruano).
Entonces, tal y como se encuentra regulada, la factura negociable es un título valor, que por consiguiente goza de mérito ejecutivo, es decir, que contiene una obligación cierta, expresa, exigible y líquida, por tanto, su cobro en la vía judicial (esto ante un eventual incumplimiento por parte del adquirente del bien o usuario del servicio prestado) se puede realizar mediante la vía del Proceso Único de Ejecución, la cual no busca la declaración o extinción de una relación jurídica, sino que se funda en un hecho probado anteriormente al inicio del proceso, es decir, que busca el cumplimiento de una obligación reconocida previamente en un título ejecutivo.
El factoring como mecanismo de financiamiento viene creciendo a un ritmo acelerado, tan solo el primer bimestre del presente año ha superado en 21.2% al mismo periodo del año 2024 (según datos de Produce). Por tanto, su éxito depende, en gran medida, de la capacidad del sistema judicial para respaldar la ejecución rápida de dichas facturas ante el incumplimiento de pago por parte del deudor; en este contexto, El Proceso Único de Ejecución no es solo una herramienta legal, es un motor de desarrollo económico. Su adecuada implementación y fortalecimiento permiten que el factoring funcione con eficiencia, ofreciendo liquidez inmediata a las empresas y estimulando el crecimiento económico formal e inclusivo en el Perú.
Por Luis Mejía Rodríguez, abogado de la sede Chiclayo del Estudio Muñiz.