Frente a frente: El programa de recompensas y el programa de clemencia

El 24 de febrero de 2020, el Indecopi publicó los lineamientos del Programa de Recompensas, como un mecanismo de colaboración que premia a informantes que entreguen información decisiva para detectar, desarticular y sancionar cárteles (conductas anticompetitivas).
En estos lineamientos se establecen reglas, plazos y condiciones que permitirán a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia otorgar recompensas a personas naturales que entreguen información determinante para la investigación, persecución y sanción de cárteles entre competidores para fijar precios de los productos, controlar la producción, repartirse clientes o zonas geográficas o acordar posturas en las licitaciones o concursos públicos.
Ahora bien, este programa de recompensas presenta una serie de diferencias significativas respecto del programa de clemencia, cuya última reformulación data de agosto de 2017, las cuales pasaremos a explicar:
DIFERENCIAS | PROGRAMA DE RECOMPENSAS | PROGRAMA DE CLEMENCIA |
Aplicación | Beneficia únicamente a personas naturales que brinden información relevante para detectar cárteles (familiares, extrabajadores de las empresas imputadas, entre otros). No aplica para personas jurídicas. | Beneficia a infractores (personas naturales o jurídicas) que aporten pruebas que ayuden a acreditar la existencia de un cártel, así como a sancionarlo. No aplica al que haya ejercido coerción sobre otros agentes para cumplir con el cártel. |
Propósito y beneficio | Se busca facilitar la oportuna detección, acreditación y sanción de carteles, a través de la entrega de recompensas remunerativas (pagos monetarios). | Cumple con la finalidad de detección, acreditación y sanción de carteles, a través de la exoneración o reducción de sanciones (multas) para infractores que hayan participado en el cartel. |
Monto/Alcance del beneficio | Los montos de recompensas a ser considerados son de dos tipos: monto base (de S/ 200,000.00) y monto variable (determinado según el éxito del procedimiento y la multa impuesta a la infractora. Sumados ambos montos, la recompensa podría llegar hasta los S/400,000.00). | Existen tres niveles: Tipo A (exoneración del 100% de la multa), antes de que se detecte el cartel; Tipo B (exoneración entre el cincuenta y cien por ciento (50 – 100%), luego de detectado el cartel; y, Tipo C (reducción hasta del cincuenta por ciento (50%) de la multa), luego del inicio del procedimiento sancionador. |
En conclusión, resulta sumamente importante que los agentes económicos evalúen la necesidad de implementar Programas de Cumplimiento de la norma de libre competencia (Programas de Compliance en Libre Competencia), a efectos de evitar incurrir en prácticas anticompetitivas. Resulta altamente recomendable prevenir y adoptar las medidas necesarias para no incurrir en infracciones a la regulación de competencia, considerando que las probabilidades de detección aumentan con el establecimiento de sistemas premiales como el Programa de Recompensas y el Programa de Clemencia.
Por Rodrigo Peláez, asociado del área de Competencia.