Masificación del gas natural a nivel nacional y la imposición de barreras burocráticas
El Perú a través de sus órganos de gobierno ha venido impulsando de manera incipiente el desarrollo de la industria del gas natural y el cambio de matriz energética del país; así las cosas, en el año 2004 se dio inicio a la explotación de los yacimientos de Camisea, luego de lo cual se procedió a la distribución de gas natural en Lima y Callao. Entonces, a finales de 2010 se otorgó la concesión para la distribución del gas natural en el departamento de Ica, posteriormente se entregó en concesión, a finales del año 2013, los sistemas de transporte de gas natural por medios móviles (GNL y GNC) y la distribución de gas natural en otras regiones del país.
En este contexto, se dictaron una serie de normas, tanto para la fase de tendido de redes de infraestructura pública necesaria para brindar el servicio de gas natural, como para la fase de conexiones domiciliaras para los usuarios del servicio; normas necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la política de masificación de gas natural a nivel nacional, mediante las cuales se busca posicionar al gas natural como el servicio básico más reciente brindado por el Estado peruano.
En este orden de ideas, respecto de la fase de tendido de redes de infraestructura necesaria para brindar el servicio de gas natural, tenemos que en el año 2008, mediante el Decreto Legislativo N° 1014, se aprobaron medidas para propiciar la inversión en materia de servicios públicos, estableciéndose que el uso de las áreas y bienes de dominio público de propiedad del Estado, es gratuito para el despliegue, mejoramiento o mantenimiento de infraestructura de redes de distribución de los servicios públicos, norma que fue complementada en el año 2016, mediante la Ley N° 30477, en la cual se dispone de manera clara que las autorizaciones municipales para el uso de bienes de dominio público deben cumplir con lo previsto en el artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1014, esto es, la gratuidad del uso de los áreas y bienes de dominio público.
Por otro lado, en lo que respecta a la fase de conexiones domiciliaras para los usuarios del servicio de gas natural, en el año 2011 se promulgó la Ley N° 29706 para facilitar las conexiones domiciliarias del servicio público de distribución de gas natural, en la cual se dispone que los gobiernos locales deben adecuar su TUPA en el plazo de 15 días hábiles desde la fecha de publicación de la norma antes acotada, eliminando la tramitación y el pago para realizar conexiones domiciliarias de gas natural.
Es así que el marco normativo necesario para la masificación del servicio público de gas natural está dado; sin embargo, los gobiernos locales, ergo de la autonomía política, económica y administrativa con la que cuentan, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; vienen dictando disposiciones que contravienen las normas dictadas para favorecer la masificación del servicio de gas natural y el cambio de matriz energética en nuestro país. Así tenemos que, para el tendido de redes de infraestructura necesaria para brindar el servicio de gas natural, se establecen cobros por conceptos, tales como: rotura de vías, ocupación de vía pública, tendido de tubería por metro lineal, entre otros. Luego, para las conexiones domiciliarias de los usuarios de este servicio público, no solo se exige la tramitación de permisos, sino también se exige el cobro de derechos por rotura de vías y tendido de tuberías por metro lineal.
Finalmente, debemos acotar que la imposición de esta serie de barreras burocráticas por parte de los gobiernos locales, viene afectando significativamente el proceso de masificación del servicio público de gas natural y el cambio de la matriz energética de nuestro país; lo cual perjudica de manera directa al ciudadano de a pie que ve en el gas natural la oportunidad de tener acceso a un combustible más seguro, amigable con el medio ambiente y sobre todo mucho más económico.
Por Christian Cornejo, socio senior de la sede Trujillo del Estudio Muñiz
Publicado en la revista Columnas del estudio edición n°198.