Perfil de cumplimiento tributario: ¿Y para cuándo la percepción de riesgo para los informales?

El Decreto Legislativo 1535, vigente desde el año 2022, ha establecido el sistema de perfiles de cumplimiento, los cuales nos traen los siguientes cinco niveles de calificación:
- Calificación A: Nivel de cumplimento Muy alto
- Calificación B: Nivel de cumplimento Alto
- Calificación C: Nivel de cumplimento Medio
- Calificación D: Nivel de cumplimento Bajo
- Calificación E: Nivel de cumplimento Muy bajo
Para no entrar en mucho detalle, la calificación de un contribuyente podrá darse, entre otras variables, por: mantener deuda en cobranza coactiva; perder fraccionamientos; incurrir en infracciones relacionadas a inscripción en el RUC; no emitir comprobantes de pago; trasladar bienes sin guías de remisión; no llevar libros u omitir registrar ingresos; no presentar declaraciones determinativas; no exhibir libros o registros tributarios.
Cada nivel de cumplimiento tiene beneficios como limitaciones. Algunas de ellas son: pagar tributos aduaneros con los saldos en las cuentas de detracciones; devolución de impuestos; restricciones para el cambio de domicilio fiscal; mayor plazo para resolver solicitudes de devolución; ingreso como recaudación; los montos para bancarizar serán de S/ 600.00 o US$ 150.00.
Como ya se puede advertir, la creación de este sistema genera una percepción de riesgo en los contribuyentes formales; en consecuencia, estos se ven en la necesidad de cumplir con todo lo necesario para ser calificados en los niveles que no les van a generar problemas.
Conforme al Decreto Legislativo 1535 y su reglamento, hace pocas semanas, la Sunat ya ha implementado calificaciones de prueba, que tienen la finalidad de informar a los contribuyentes cómo va su calificación y no causarán los beneficios o limitaciones antes descritos.
En esta etapa es importante que los contribuyentes consideren las variables que hasta el momento la Sunat está tomando en cuenta para otorgarles las calificaciones de prueba (las cuales se darán por el periodo de doce meses); ello con el objetivo de subsanar y cumplir con lo necesario para que, cuando concluya el periodo de prueba, obtengan la mejor calificación.
Ahora bien, usted que lee estas líneas, quizá ya ha vivido lo suficiente y sabe que cada gobierno hace “los esfuerzos necesarios” para incrementar la recaudación y ampliar la base tributaria, pero hasta cuándo esos “esfuerzos” van a estar destinados única y exclusivamente a personas que son formales.
Sé que es difícil para los políticos legislar en contra de ese gran porcentaje de personas que viven en la informalidad, sin duda alguna perderían sus votos. Considero que es importante que se legisle en materia tributaria en pro del bien común, en beneficio de alcanzar los mejores estándares que permitan una eficiente recaudación y verdadera ampliación de la base tributaria. Creo firmemente que eso se va a lograr cuando se genere una verdadera percepción de riesgo en el sector informal. La Sunat hace uso de la actual legislación para lograr sus fines muchas veces en contra de los formales. Esperemos que en el corto o mediano plazo esta situación cambie en beneficio del país.
Por Christian del Carpio, asociado senior de la sede Arequipa del Estudio Muñiz
Publicado en la revista Columnas del estudio edición n°217.