Por favor, no a última hora…
Como es sabido, las modificaciones tributarias en el impuesto a la renta empresarial siempre rigen a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente al de su publicación. Es por ello que ya estamos acostumbrados a que durante la última semana, días y, a veces, horas del año, se publiquen normas tributarias cuya entrada en vigencia es prácticamente automática.
Esta acostumbrada práctica de introducir cambios el mismo 31 de diciembre para que estos rijan desde el 1 de enero del año siguiente, solamente genera incertidumbre y encuba contingencias tributarias.
Al parecer, este año no será la excepción, pues estando en la recta final del mes de noviembre, aún quedan muchos temas pendientes de ser regulados y que, probablemente y como ya es costumbre, complicarán nuestro año nuevo.
Este no es un tema menor, pues no es ningún secreto que, a la fecha, las compañías tienen todas sus operaciones sistematizadas, por lo que no es sencillo introducir cambios o modificar políticas de un día para otro. Por ello, a fin de que las compañías se encuentren debida y oportunamente preparadas para los cambios que podrían regir a partir del 2019, esperamos que las normas tributarias sobre temas pendientes sean publicadas en los próximos días, y no en los últimos días de diciembre, como es habitual.
Por Luis García Romero, socio del área de Derecho Tributario