Las preexistencias en las coberturas de salud

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21 Respuestas

  1. juan collavino dice:

    indicaria que no hay definicion clara de IAFAS e IPRESS. Se esta considerando en terminos generales la diferenciacion pero ESSALUD es una entidad mixta que no ha sido considerada. Es recomendable analizar la nota

  2. Carlos Pérez dice:

    Hay un error en la cita es la Ley 28870, no la Ley 28871 que trata de aduanas.

  3. Fiorella Vaccari dice:

    Una consulta, todos los diagnósticos PEAS preexistentes sin continuidad, deben estar cubiertos por cualquier eps y/o aseguradora?

  4. victor Muñoz dice:

    un embarazo como esta considerado??? es una preexistencia le puede coberturar la otra compañía en caso haya dejado de laborar ya 8 meses

    • Jeimy dice:

      Si la concepción es anterior a la cobertura, el parto será cubierto bajo cobertura Peas y si la concepción es dentro de cobertura, se cubre bajo cobertura complementaria (No PEAS)

  5. Oscar dice:

    En el caso del cáncer se considera preexistencia, pero que pasa cuando afecta otro organo diferente al de la preexistencia. Por ejemplo si una persona ha tenido cáncer al colon y se considera esa preexistencia, se le cubriría si después le aparece por ejemplo cáncer al cerebro o a la piel por ejemplo?

  6. carmen dice:

    conclusión si yo tuve EPS y me paso a un seguro de salud particular dentro de los 90 , me siguen cubriendo las preexistencias??

  7. Luis Melgarejo dice:

    Con la Ley N° 30562 que aclara lo del régimen de las preexistencias cruzadas, hay algún tiempo establecido para pasarse de un sistema de salud a otro?? y otra consulta, si en sistema de salud ya estuvieron atendiendo a un paciente de un enfermedad preexistente, de un momento a otro le pueden negar dicha preexistencia??

  8. Juan Marchena dice:

    Preexistencia es preexistencia . la gran pregunta es cuanto tiempo tiene que pasar para que la otra compañia me lo considere como una preexistencia NO cubierta – tengo atendido que si paso de los 90 dias , ya no me cubre – si me afilio en otra compañía antes de los 90 dias por ley me debe cubrir esa preexistencia

  9. miguel galvez succar dice:

    Siempre habrá interpretaciones según cada observador, sin embargo aclarado favorablemente el reconocimiento CRUZADO, las dudas de fondo serian que al hacer un cambio, existe el «recargo» de prima según condición medica, y la limitación de cubrir «solamente aquellas dolencias ya reconocidas» previamente, lo que muchas veces en salud ni tiene una línea bien definida, tampoco contempla los diagnósticos equivocados

  10. Carlos dice:

    Mi esposa es Estadounidense y tenemos planeado vivir en Peru. Ella tuvo transplante de hígado a razón de cancer y tiene que tomar medicinas de por vida, que seguro deberíamos tomar para que cubra sus medicinas y cuánto costaría. Ella actualmente tiene seguro aquí en California

    • Miguel Galvez Succar dice:

      Sugiero que emita documentacion o infome actualizado de la condicion medica, para que su asesor de seguros lo remita a consulta a un asegurador, p0ara que sea este ultimo quine aclare por escrito las condiciones y costo del seguro, si desea puede hacer lo a mgalvez@migesaperu.com

  11. OSCAR dice:

    HOLA ME CANCELARON MI POLIZA PORQUE NO DECLARE ALGUNAS PREEXISTENCIAS QUE NO SABIA QUE EXISTIAN O QUE ERAN CONSIDERADAS CRONICAS PARA LA ASEGURADORA
    QUE PUEDO HACER PARA REINSERTARME EN EL SEGURO DE SALUD O YA NO TENGO OPCION.

    • Jeimy dice:

      Bueno si fue rechazada por reticencia, puedes volver a llenar una nueva solicitud declarando todos los diagnósticos que fueron considerandos reticentes, tener en cuenta que existe la posibilidad de que, te pidan informes para evaluar el ingreso al seguro de salud, y que te excluyan diagnósticos, si en caso la poliza se emita.

    • yoel dice:

      en q asegurada te pasó eso?

  12. Claudia Sanchez dice:

    me embarace a finales de julio sin saber que estaba embarazada renuncié y deje de trabajar a finales de agosto, me entere que estaba embaraza en setiembre, y mi empleador anulo el EPS recién a finales de octubre, tengo hasta fines de diciembre para contratar otro EPS individual pero mantener la continuidad por maternidad RIMAC me exige que haya tenido al menos una consulta por maternidad en mi anterior EPS, el tema es que he estado de viaje estos meses y no me he atendido por maternidad en Peru, es un requisito valido que me exijan que tenga una consulta por maternidad en el periodo de cobertura de mi anterior EPS? que ley es la que avala ello o la que no lo avala para usarlo como referencia? muchas gracias

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