Sentencia del TC respecto de intereses moratorios, en caso patrocinado por nuestra firma, marca hito
El Tribunal Constitucional ha emitido una sentencia que resuelve la larga controversia referida a la aplicación de intereses moratorios a las deudas tributarias que son objeto de impugnación. En efecto, mediante sentencia de fecha 16 de agosto del 2018, recientemente hecha pública, el Tribunal Constitucional ha señalado que no corresponde la aplicación de intereses moratorios durante el tiempo que más allá del plazo legal toma la autoridad administrativa para absolver efectivamente los recursos planteados.
La referida sentencia, recaída en un procedimiento patrocinado por el Estudio Muñiz, marca un hito histórico pues finalmente nuestra firma logró acreditar que el cobro de intereses resulta inconstitucional cuando se aplican al tramo en el que la autoridad administrativa ha excedido el plazo legal para resolver la controversia por causas atribuibles a ella, pues tal proceder resulta lesivo del Principio de Razonabilidad que rige el actuar de la Administración Tributaria. La referida sentencia ordena asimismo que tanto la Sunat como las demás entidades competentes en el conocimiento de casos similares tomen en cuenta en lo sucesivo los criterios contenidos en la misma.
En la práctica este precedente implicará una reducción substancial de las deudas tributarias impugnadas, cuando en la misma se hayan incorporado intereses derivados de una dilación prolongada más allá de los plazos legales de manera injustificada. Se trata pues de una sentencia que pone fin a un elemento disuasorio que enfrentaban los contribuyentes al impugnar acotaciones tributarias que vulneraban su legítimo derecho de defensa.
Fernando Castro Kahn
Socio principal y jefe del área de Derecho Tributario del Estudio Muñiz