Tres cambios clave en el régimen del impuesto a la renta del DU 025

Son tres los principales cambios en el régimen del Impuesto a la Renta que trae el Decreto de Urgencia No. 025, que publicó hoy el Gobierno. “Es una norma administrativa que da precisiones sobre las devoluciones del IR”, señaló a Gestión Espresso el abogado asociado del Estudio Muñiz, César Castillo.
Según Castillo, estos son los tres cambios clave en el régimen del Impuesto a la Renta del mencionado Decreto de Urgencia:
- Se incluye nuevamente a las asociaciones sin fines de lucro para que sean exoneradas del pago de rentas hasta el 31 de diciembre de 2020.
- Sobre devoluciones de oficio de la Sunat sobre rentas de trabajo en Cuarta y Quinta Categoría: ya no se considera el documento de orden de pago y se establece que, en el caso de las devoluciones de oficio, se realizará en el primer día laborable, luego de que venza la Declaración Jurada respectiva.
- Se impone la obligación formal de presentar una declaración informativa del beneficiario final en las organizaciones, de acuerdo con las disposiciones vigentes en el marco de la OCDE, como una manera de adecuarse a un sistema de transparencia fiscal y frente a prácticas de lavado de activos. Se exceptúa al BCR, Iglesia Católica, Poder Ejecutivo, Fonafe, Embajadas, Universidades Pública, entre otras.
Comentarios de César Castillo, asociado del área de Derecho Tributario.
Publicado en Gestión Espresso el 12 de diciembre de 2019.